LA
ESQUINA: EVASION/CORRUPCION (II)
Amigos: “Hay que
endurecerse, sin perder jamás la ternura” (Ernesto Che Guevara). DEDICADO A MI
AMIGO CHEPE, ENTRE DENA Y NEW YORK, UN ABRAZO AMIGO. La ley
19/1.993, de 28 de Diciembre, define el
blanqueo de capitales como: "La adquisición, utilización, conversión o
transmisión de bienes procedentes de actividades delictivas, para ocultar o
encubrir su origen o ayudar a la persona que haya participado en la actividad
delictiva a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos así como la
ocultación o encubrimiento de su verdadera naturaleza, origen, localización,
disposición, movimientos de la propiedad o derechos sobre los mismos".
¿Por qué constituye un delito, el blanqueo de capitales? Hay que responder que,
las actividades que mayor lucro obtienen proceden de
usos como el tráfico ilegal de drogas, estupefacientes o sustancias
psicotrópicas, así como el dinero procedente del tráfico de armas y de
actividades ilegales de grupos mafiosos organizados. En los países en los que
el blanqueo de dinero es un delito, se intenta mitigar la justificación y
combatir de forma efectiva las actividades anteriormente mencionadas. El
blanqueo en sí constituye un delito, no por la propia utilización del dinero,
sino por el encubrimiento de su origen ilegal, de no ser así se estaría
contribuyendo a dar utilidad al delito cometido y, a la vez, darle una ventaja
económica por su acción. El uso de la
fiscalidad internacional puede considerarse como un instrumento financiero,
mediante el cual se pueden ahorrar o suprimir los impuestos, siempre y cuando
esos ingresos tengan una procedencia lícita, provenientes de actividades
plenamente reconocidas y legalizadas. Otra cosa es que esto pueda considerase
justo o ético, por cuanto supone una disminución de los recursos de la Hacienda
pública y, por tanto una merma de los servicios prestados por el conjunto del
Sector Público. Los funcionarios
públicos, en tanto que sean personas, seguirán siendo tentadas por el lado de
la corrupción en tanto que sus incentivos sean superados por los beneficios que
los corruptores sigan ofreciendo. Para
eliminar las trabas a la persecución del fraude fiscal, se debe proceder a una
completa armonización fiscal, no ya a nivel Unión Europea y países altamente
desarrollados, sino a conjunto planetario, de no ser así, mientras exista,
aunque sólo sea una, una zona de baja tributación fiscal, allí irán a parar
empresas, multimillonarios y el crimen organizado. A la par de esto es necesario que las leyes
sean claras, ejemplarizantes y, que se apliquen por igual a todos y en todas
partes o, como antes, allí donde la ley sea más suave, encontraremos a unos
disfrutando a costa del resto. Por
último cabe decir que mientras no se produzca una socialización consciente de
todos los implicados, posiblemente seguirá existiendo la corrupción, es decir,
mientras no exista una conciencia social ética de igualdad y respecto hacia los
derechos y hacia el cumplimiento de la ley, cada individuo en particular
intentará conseguir su maximización personal al menor coste posible y para
ello, posiblemente, acabe utilizando todos los recursos a su disposición,
incluidos aquellos que, por su naturaleza no sean éticos o legales, y ello, por
que considerará que, el beneficio obtenido es mayor que el perjuicio que pueda
obtener, por sanción, o por quedarse sin hacer un acto de corrupción. Seguiremos..
SAUDE E TERRA.
FDO Eduardo Rubianes Calvo
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